Un juzgado de Cáceres declara nula la adquisición de subordinadas por
importe de 60.000 euros
El Juzgado número 4 de Cáceres ha declarado nulo, por
vicio en el consentimiento, la adquisición de 120 títulos de deuda
subordinadas, valorados en 60.000 euros, que una madre hizo en agosto de 2011
en nombre sus hijos en la oficina que la antigua Caja de Extremadura tiene en
la localidad pacense de Monesterio.
Según recoge el escrito remitido por el abogado de la
demandante, Manuel Barragán Lancharro, las obligaciones
subordinadas son un producto de inversión complejo y de alto riesgo, que fueron
canjeadas obligatoriamente por el Frob en abril de 2014 en acciones de
Liberbank, sin antes haberles sometido a una quita del 10 por ciento.
Añade que a pesar de ser un producto complejo y
estando plenamente vigente la legislación, la Caja de Extremadura no realizó
ningún test de conveniencia ni de idoneidad.
Además, en relación con los contratos de valores, la
titular del Juzgado número 4 de Cáceres ha considerado probado que "la
actuación del banco excede de la mera recepción y transmisión de órdenes de
compra de los clientes", y que hubo un asesoramiento
personalizado.
La juez considera que no quedó acreditado que en la "fase
precontractual ni en la contractual se ofreciese a la actora una información
suficiente y adecuada sobre los riesgos que asumía", y que el director
tenía que haber advertido que "tal servicio de inversión o
producto previsto no era adecuado para ellos".
El abogado señala que la madre sólo tenía certificado
de escolaridad, que lo obtuvo a la edad de 40 años, por lo que todos los datos
corroboran la existencia de un error en consentimiento, con la consecuencia de
la nulidad.
Los efectos de la nulidad, como se indica en la
resolución, supone que los demandantes deberán devolver los rendimientos y las
acciones de Liberbank y la entidad deberá restituir íntegramente los ahorros
captados, es decir, 60.000 euros.