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Este despacho de abogados ha
tenido acceso a otra nueva sentencia del Juzgado número 5 de Cáceres, dictada
el 17 de enero de 2014 (Sentencia 11/2014), en la que se anula la adquisición
de Obligaciones Subordinadas por valor de 12.000 euros, y obliga a Liberbank
(sucesora de Caja de Extremadura) a devolver dicha cantidad con sus intereses
legales (y los demandantes a devolver
los intereses recibidos -unos 248,98 euros- y las 9.729 acciones de Liberbank
procedente del Canje).
En dicha sentencia se dejan en
pública vergüenza las chapuzas que realizada la entidad en la contratación del
producto: No se aportaban los trípticos, no se hacían los test MiFID
obligatorios, e incluso en este caso no estaban ni firmadas las órdenes de
compra, sino un documento manuscrito de transferencia con el sólo importe de
12.000 euros. Da la casualidad que la empleada de la sucursal, según se cita en
la propia sentencia, de la Urbana 8 de Cáceres, era sobrina del demandante. En fin,
el Juez del Juzgado Núm. 5 de Cáceres vuelve a sentenciar con una auténtica lección:
«Sinceramente, este Juzgado cree que ni siquiera los responsables de Caja de
Extremadura sabían lo que vendían y si lo sabían engañaron lisa y llanamente a
los clientes».
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